La Asociación Nacional de Periodistas del Perú – ANP, organización gremial con 95 años de probada historia en defensa de los derechos de periodistas y la información como derecho del pueblo, rechaza las dos recientes propuestas legislativas promovidas con el claro propósito de imponer restricciones a la actividad periodística.
La Comisión de Justicia y Derechos Humanos del Congreso de la República aprobó el predictamen recaído en el Proyecto de Ley 2862/2022-CR “que modifica los artículos 131 y 132 del Código Penal, que sanciona con el incremento de la pena por la utilización indebida de los medios de comunicación, redes sociales o sitios web de divulgación colectiva y la modificación del artículo 1969 del Código Civil, en perjuicio al honor, la buena reputación, la intimidad de la persona y la familia”.
El proyecto, presentado en agosto del año pasado por los congresistas del grupo parlamentario Perú Libre, a iniciativa del legislador Segundo Toribio Montalvo Cubas, pretende agravar la pena del delito de difamación, en contracorriente a la tendencia en el continente a despenalizar los denominados delitos contra el honor. La situación, además, es alarmante en un país en el que, en los últimos 5 años, 132 periodistas de Lima y regiones, mayormente quienes se dedican a la investigación periodística, han sido llevados a tribunales por quienes ejercen responsabilidad pública o personas allegadas a ellos. La instrumentalización del sistema de justicia para arremeter contra periodistas que resultan incómodos por denunciar ilícitos de corrupción no pretende resarcir honras sino, por el contrario, desgastar al investigador y aleccionar a cualquiera que intente investigarles.
Igual de perjudicial para el ejercicio de la actividad periodística resulta la propuesta de Proyecto de Ley 4177 / 2022 – CR “Ley de fomento para la profesionalización de periodistas y comunicadores del Perú”, presentada por la bancada de Renovación Popular, a iniciativa de la parlamentaria Noelia Herrera, en la Comisión de Educación, Juventud y Deporte, que constituirá otro intento fallido de imponer la colegiatura obligatoria de periodistas y comunicadores.
El documento señala que la propuesta “tiene por objeto fomentar la profesionalización de los periodistas y comunicadores, y promover la incorporación en sus respectivos colegios profesionales, para elevar el nivel de formación deontológica en los profesionales que laboran en los medios de comunicación”.
Tanto la normativa interamericana y nacional han fijado estándares sobre este particular, precisando que sujetar la actividad informativa a la pertenencia a algún gremio o institución particular es lesivo para la ciudadanía puesto que no es posible limitar el derecho de expresión en medios. Instancias como la Defensoría del Pueblo, el Tribunal Constitucional y la Corte Interamericana de Derechos Humanos lo han precisado; contradecirlo no solo es necedad, sino desconocimiento absoluto a los alcances del artículo 13 de la Convención Americana de Derechos Humanos que nuestro país adhiere.
Este gremio históricamente ha advertido el peligro de sujetar el quehacer periodístico a una entidad en particular. Las diferentes experiencias en el mundo demuestran que las instituciones que regulan la actividad periodística son las primeras en ser atacadas o tomadas durante regímenes poco democráticos y que pretenden silenciar a quienes informan sobre sus graves delitos o vulneraciones de derechos ciudadanos.
Es mucho más abyecto querer sorprender a la ciudadanía argumentando que en América Latina la obligatoriedad de la colegiatura es la norma. Recurrir a información no verificada para intentar generar corriente de opinión favorable es faltar al rigor. Instituciones pares a la ANP en otros países del continente han informado que en Argentina, no hay colegiatura obligatoria, hubo un intento frustrado; en Brasil no existe colegio de periodistas; en Chile es facultativa; en Colombia la Corte Constitucional señaló que el ejercicio de la actividad periodística es un derecho fundamental de carácter universal que no puede ser limitada mediante la exigencia de títulos o reconocimientos previos de ninguna naturaleza; en Costa Rica se derogó la colegiatura obligatoria tras la opinión consultiva de 1985; en México, Panamá, Paraguay y República Dominicana, se han declarado inconstitucionales todo intento de obligatoriedad de afiliación a los periodistas a un cuerpo colegiado.
La ANP advierte con preocupación que desde el Poder Legislativo se pretenda desconocer de manera reiterada el derecho a la información de la ciudadanía. Intentar reglamentar la actividad periodística, sin un criterio técnico válido y legítimo, convierte estas iniciativas en inviables. Ya en el 2022 llamamos la atención por la formulación de 5 amenazas legislativas -algunas en el mismo espíritu y con actores recurrentes- que colisionaban con las garantías que en democracia requiere el periodismo libre e independiente.
En el actual momento que vive el país, en que resulta fundamental defender la libre expresión y el periodismo de investigación, la ANP se reafirma en sus consignas históricas para ratificar que sin libertad de prensa no hay democracia, la información es un derecho del pueblo y que la democracia peligra si solo se oye la voz de los poderosos. El compromiso por defender el periodismo y revalorar la verdad debe ser principio irrenunciables en todo el sector.
Lima, 19 de marzo 2023
COMITÉ EJECUTIVO NACIONAL
Matriz histórica del movimiento organizado de los trabajadores periodistas, fundada el 21 de julio de 1928. Afiliada a la Federación Internacional de Periodistas (FIP).